martes, enero 11, 2011

Cuidado con los clubes de fumadores

La reforma de la ley antitabaco amplia la prohibición de fumar en espacios públicos cerrados y colectivos, ya sea la titularidad pública o privada. En principio en todos esos lugares estaría prohibido con unas pocas salvedades que se detallan al final del articulado. Entre ellas están los clubes de fumadores y las sociedades gastronómicas.

Esa excepción, y más con unas exigencias regulatorias tan vagas, a mi me parece un peligroso error. La verdad es que no veo la imperatividad de fumar en un club de fumadores constituido como tal, y menos con una sede oficial fija. Hacer esa excepción ha sido totalmente innecesario e incoherente. No es que me parezca mal que existan esos clubes; incluso en un momento dados yo mismo podría estar interesado en frecuentar uno, ¿por qué no?. Pero el hecho es que siempre habría un problema que podría incomodar a alguno de los socios: el humo. Es lo que puede pasar porque es una entidad de uso colectivo. Y si es de uso colectivo, sea cual sea el tema que se trate, si es en un local cerrado, debería estar prohibido producir o expeler humos. En todo caso, en lo que a la regulación del consumo de tabaco concierne, deberían serles aplicables las mismas limitaciones que a cualquier local de uso público o colectivo.

Veo normal que en un club de fumadores se impartan clases teóricas para aprender a fumar, que haya una sala de exposición de puros y cigarros en sus vitrinas, que se den conferencias sobre la historia del tabaco, que se se facilite material bibliográfico para que nos convirtamos en eruditos sobre el placer de fumar, que los socios puedan cantar en un karaoke el "Fumando Espero" de Sara Montiel, que la baraja española con la que se juegue a la brisca exhiba la propaganda de Marlboro en el reverso, que en la zona de cibercafé los ratones de ordenador tengan la forma de cajetillas de tabaco etc. Pero, las clases prácticas, fumar, ¿para qué?. Eso no puede ser porque es un peligroso y antihigiénico en una estancia cerrada mezclar el humo de Ducados, con los vegueros, con los farias etc. Es una guarrada. Al acto concreto de fumar, se le debe aplicar las normas de uso de los artículos pirotécnicos: "outdoor use only". Y el que quiera, que invite a los miembros del club que mejor le caigan a una cata de puros en su casa, que eso sí es algo privado e íntimo y ahí jamás nos meteremos.

No obstante, si tanto se insiste en que permanezcan reductos de uso colectivo con esa forma jurídica en los que se pueda fumar, de acuerdo, pero eso debe ser concebido como una generosa concesión, como una "gracia" a los que ya estaban constituidos hasta la fecha de la reforma, por ejemplo. Repito que, si se insiste, qué menos que los creados a partir de ahora, a fin de evitar la proliferación de estos sitios, se atengan a lo que he sugerido aquí y aquí, y que evitaría muchos problemas.

1 comentario:

vermeulen dijo...

Tenga en cuenta usted que quien dice club de fumadores dice, por ejemplo, sociedad gastronómica o de lo que sea. El caso es que por buscarles vueltas a esta ley al final crecerán los clubes privados, aunque luego funcionen como meras tabernas. No digo proliferarán porque carezco de datos para llegar a tal afirmación. Y llegados a este punto uno se plantea si no estábamos mejor con el libre acceso de todo el mundo a todos los establecimientos y una fórmula intermedia. Las mamparas de separación de ambientes, por ejemplo. Yo sigo sin entender el motivo por el que todos los bares han de acomodarse a los no fumadores. Lo que se dice todos. En fin. Podían, al menos, haber dejado al propietario del establecimiento la opción de tener clientela fumadora o no fumadora. Sin mamparas ni nada. ¿O no? al final, ya ve usted, con carné de socio los que fumamos para poder tomar una caña.